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¿Qué pasa si no se cumple con el Código de Red 2.0? El Código de Red 2.0 busca garantizar la calidad y continuidad del suministro de energía eléctrica, y de no cumplirse, se es acreedor de multas por hasta 200 mil salarios mínimos

Desde abril de 2016, el Código de Red  2.0 establece los requerimientos técnicos mínimos para el desarrollo eficiente de los procesos de planeación, medición, control operativo, control físico, acceso y uso de la infraestructura eléctrica, por lo que su cumplimiento es indispensable para todos los centros de carga conectados en media y alta tensión.

Uno de sus principales objetivos es garantizar la calidad y continuidad del suministro de energía eléctrica, promoviendo el desarrollo confiable y eficiente infraestructural del SEN para beneficiar a toda la población.

El Código de Red es un esquema de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), que es responsable de ejercer atribuciones de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética (LORCME), la Ley de Hidrocarburos, la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), la Ley de Transición Energética y la Ley General de Cambio Climático, para desarrollo eficiente de la industria.

Pero, ¿qué pasa si no lo cumples? Si bien depende del tipo de infracción cometida, en todos los casos se es merecedor de una sanción económica, como lo establece el artículo 165, fracción I, inciso k, y fracción II, inciso c, de la LIE.

  • Fracción I. La multa será de 2 al 10% de los ingresos brutos percibidos del año pasado por la falta de observancia grave.
  • Fracción II. Esta equivale a una multa de 50 a 200 mil salarios mínimos y se aplica cuando no se cumple con las disposiciones en materia de confiabilidad, seguridad, calidad y continuidad del SEN.

También es aplicable cuando no se proporciona de manera oportuna la información necesaria ante la autoridad competente y cuando se niega la entrada a los inspectores o verificadores para comprobar que los requisitos aplicables se estén cumpliendo.

Requerimientos técnicos

De acuerdo con la empresa experta en la comercialización de material eléctrico Kloemecom, el Código de Red 2.0 establece el cumplimiento de ciertos requerimientos técnicos, entre ellos la tensión, frecuencia, corto circuito, factor de potencia, distorsiones armónicas de voltaje y corriente, la coordinación de protecciones, control, intercambio de información y la calidad de la energía (flicker y desbalance de corriente).

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Cuando se cumplen, las empresas pueden observar varios beneficios, como el ahorro energético, eficiencia energética, la corrección del factor de potencia mayor a .90, obtener descuentos económicos en tu recibo de luz y, principalmente, evitar las multas antes mencionadas por no cumplir con el nivel de factor de potencia.

¿Quiénes deben cumplir con el Código de Red 2.0?

La empresa señala que esta se aplica a todos los usuarios del Sistema Eléctrico Nacional (SEN): el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE), los transportistas, distribuidores, generadores, comercializadores, suministradores, centrales eléctricas y centros de carga.

Estos pueden dividirse en tres, acorde a la tensión que consumen:

  1. Usuarios de Alta Tensión (25,000Volts a 400,000 Voltios), es decir, aquellos que consuman 1000 KW o 1 Megawatts.
  2. Usuarios de Media Tensión (1,000 – 23,000 Voltios), que son aquellos que consuman 1000 KW o 1 Megawatts.
  3. Próximamente usuarios de Baja Tensión, que consumen hasta 1000 Voltios.

Por ello, Kloemecom ofrece varias soluciones y servicios para ayudar a las empresas a cumplir con estos requerimientos, entre ellos la realización de estudios de calidad de energía eléctrica para generar un diagnóstico, soluciones con equipos y componentes para dar cumplimiento y acompañamiento durante la implementación de los mismos.

  • KLOEMECOM

  • 222-283-2345
  • www.kloeme.com
  • Carr. a San Bernardino Chalchihuapan # 7-A San Pablo Ahuatempa Santa Isabel Cholula, 74355, MEXICO, PUEBLA

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